Categoría: Civil

  • Protección de datos

    Protección de datos

    Hace unos tres años se vendió un piso y recientemente los compradores están pidiendo al vendedor el contrato del inquilino anterior a cuando compraron. ¿Se pueden entregar esos datos o vulneran alguna norma o derecho?

    El contrato de arrendamiento puede facilitarse sin incluir ninguna clase de dato personal que permita la fijación de perfiles o identificación de personas. El hecho es que los datos relativos a la vivienda – domicilio, precio del arriendo que se estaba pagando o condiciones del contrato, por ejemplo – son cuestiones que se incluyen dentro del ámbito de la intimidad de las personas. No estamos ante aspectos propios de la actividad profesional o empresarial, sino ante algo tan nuclear de las personas como el lugar donde han residido (artículos 18.1 de nuestra Constitución y Considerando Cuarto del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016).

    En ese sentido, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 establece en su artículo 4.1 que son «1) «datos personales»: toda información sobre una persona física identificada o identificable («el interesado»); se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona«.

    Así las cosas, no podremos facilitar el contrato con los datos personales, pero sí entregarlo sin ellos o con ellos debidamente tachados, de modo análogo a como hacen los Registros de la Propiedad.

    Normativa aplicada

    – Artículo 18.1 de nuestra Constitución.

    – Artículo 4.1 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

  • Ayudas y subvenciones para empresas y pymes (junio-julio)

    Ayudas y subvenciones para empresas y pymes (junio-julio)

    Para las empresas y pymes relacionamos a continuación una lista de ayudas, subvenciones y financiación a nivel estatal que pueden resultar de interés para el impulso de nuevas ideas y la promoción de nuevos proyectos empresariales.

    Ayudas destinadas a la contratación de servicios de asesoramiento para la transformación digital de las pequeñas y medianas empresas del segmento a, b y c en el marco de la agenda España digital 2026, el plan de digitalización de pymes 2021-2025 y el PRTR -financiado por la Unión Europea- next generation eu (Programa Agentes del Cambio-Kit Consulting)

    Ayudas al impulso de la economía circular para el año 2024

    Ayudas del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (programa ce implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

    Ayudas para incentivar la incorporación de talento consolidado «Programa Atrae»

  • Kit Digital: 1.000 euros más para autónomos y microempresas

    Kit Digital: 1.000 euros más para autónomos y microempresas

    En ella se detallan los siguientes aspectos:

    • Modificación de ayudas para digitalización: se ha modificado la Orden ETD/1498/2021 para incluir a las medianas empresas como beneficiarias de subvenciones para la digitalización.
    • Incremento de importe máximo: para pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados, el importe máximo de ayuda aumenta de 2.000 euros a 3.000 euros.
    • Nuevas categorías de digitalización: se actualiza el Catálogo de Soluciones de Digitalización, añadiendo categorías como Ciberseguridad Gestionada y soluciones con Inteligencia Artificial.
    • Adaptación a Normativa UE: se ajustan las bases reguladoras a la nueva normativa de la Unión Europea y se aumenta el límite de ayudas de minimis a 300.000 euros por empresa.

    Programa Kit Digital

    El programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España y gestionada por Red.es, que tiene como objetivo promover la digitalización de medianas y pequeñas empresas, microempresas y autónomos/as, y contribuir a modernizar el tejido productivo español. 

    Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025, y tiene el objetivo de digitalizar a pymes y autónomos de todos los sectores productivos en todo el territorio nacional. 

    Modificación

    Con esta modificación se incluye un aumento de la cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III, compuesto por enseñas de entre 0 y menos de 3 empleados. Actualmente, la cuantía de la ayuda es de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros. 

    Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital, garantizando así, los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia. 

    La petición de la ayuda con la nueva cuantía podrá realizarse una vez se haya abierto el formulario de solicitud en el mes de junio. A partir de ese momento, las empresas del segmento III podrán solicitar la ayuda de 3.000 euros. Si ya se ha sido beneficiario, y se quiere solicitar la ampliación de 1000 euros, el proceso será muy sencillo: solo se debe entrar en el expediente, seleccionar el botón habilitado para ello y firmar esa conformidad. En este caso, la concesión es automática. 

    Nueva solución: Puesto de trabajo seguro

    Las medianas empresas, nuevas empresas del Programa

    En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados. Por una parte, el segmento IV, que estará formado por empresas de entre 50 y menos de 100 empleados cuya cuantía de la ayuda será de 25.000 euros y, por otra parte, el segmento V compuesto por empresas de entre 100 y menos de 250 empleados para los que el bono digital será de 29.000 euros. 

    La solicitud para medianas empresas se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente, se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024. 

    Fuente: Red.es