El baremo de accidentes de tráfico sube un 3,8 % para el año 2024, tras la publicación en el BOE de 28 de diciembre de 2023, de la actualización de las pensiones a través del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre.
El aumento del 3,8% de las pensiones recogido en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, supone la subida del baremo de accidentes de tráfico en un 3,8%.
Esta subida se encuentra amparada por el art. 49.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM) en el cual se establece:
«A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado».
Se incrementarán todas las tablas en el mismo porcentaje excepto las de lucro cesante y de ayuda a tercera persona, las cuales por su propia naturaleza se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales.
Esta actualización se aplicará a las indemnizaciones cuyo importe se determine en el año 2024 ya sea mediante acuerdo extrajudicial o por resolución judicial, ya que así lo recoge el apartado 1 del art. 40 de la LRCSCVM:
«La cuantía de las partidas resarcitorias será la correspondiente a los importes del sistema de valoración vigente a la fecha del accidente, con la actualización correspondiente al año en que se determine el importe por acuerdo extrajudicial o por resolución judicial».